‼ ESTOS SON LOS MISERABLES QUE SE NOS RIEN EN LA CARA ‼

QUE SIGUEN DE FIESTA SIN IMPORTARLES LA SITUACIÓN EN LA QUE ESTAMOS.
QUE RECIBAN EL REPUDIO POR PARTICIPAR DE UNA FIESTA CLANDESTINA CON MÁS DE 160 PERSONAS.
APLICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL
De 6 meses a 2 años de prisión por violar medidas adoptadas en pandemia
Desde la hora cero de este sábado dio comienzo la Fase 1, esta situación de fiesta clandestina es un delito federal (DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA, PROPAGACIÓN DE LA ENFERMEDAD).
La aplicación del art. 202 del código penal sostiene que será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas).
El Art. 205 del cp, dice que será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia)
Art. 239 del cp, sostiene que será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal).
Fuente: Rioja Noticias – Opina La Rioja

























